22 octubre, 2026 | 8:59 am

Aguinaldo de 30 días: la propuesta que todavía no llega al bolsillo de los trabajadores

MÉXICO. — El aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores formales en México; sin embargo, cada cierre de año surgen dudas sobre la posibilidad de recibir un doble aguinaldo equivalente a 30 días de salario en lugar de los 15 días que tradicionalmente marca la legislación.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), establecida y regulada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el mandato vigente en su artículo 87 estipula que las personas trabajadoras del sector privado tienen derecho a recibir un aguinaldo anual equivalente a un mínimo de 15 días de sueldo, el cual debe pagarse invariablemente antes del 20 de diciembre.

La confusión en torno al “doble aguinaldo” surge debido a diversas iniciativas presentadas en el Congreso de la Unión —como las impulsadas en el Senado de la República— que buscan duplicar el piso legal a 30 días; no obstante, al no haber concluido el proceso legislativo bicameral ni haberse publicado un decreto oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF), esta modificación todavía no es obligatoria a nivel general para todas las empresas.

Conocer con precisión qué establece la normativa oficial permite a los empleados planificar sus finanzas y evitar confusiones sobre sus derechos adquiridos.

El concepto de “doble aguinaldo” hace referencia directa a las iniciativas de reforma al artículo 87 de la LFT promovidas en el Poder Legislativo, cuyo objetivo central es duplicar el pago anual obligatorio de 15 a 30 días de salario.

Diversos legisladores han argumentado que esta medida busca dignificar las remuneraciones y equiparar las condiciones de los empleados del sector privado con los estándares internacionales y con otros sectores de la economía.

Sin embargo, desde el punto de vista estrictamente jurídico y procesal, una iniciativa de ley requiere pasar por comisiones, votaciones en el pleno de ambas cámaras y la promulgación del Ejecutivo Federal para ser publicada en el DOF.

Al no haberse completado este proceso institucional, la propuesta permanece en calidad de proyecto en análisis, lo que significa que no existe ninguna obligatoriedad para que los empleadores del sector privado paguen 30 días este año.

Aunque la regla general para la iniciativa privada se mantiene en 15 días, existen excepciones normativas y contractuales donde los trabajadores perciben 30 días o montos superiores de manera completamente legal y reglamentada:

  • Sector público y servidores del Estado: Diversas dependencias y entidades gubernamentales, cuyos trabajadores se rigen por el apartado B del artículo 123 constitucional, perciben por ley prestaciones superiores que frecuentemente alcanzan los 40 días de aguinaldo, cubiertos conforme al presupuesto de egresos.
  • Prestaciones superiores por contrato: El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece los 15 días como un miso mínimo obligatorio, lo que faculta a las empresas privadas a otorgar 20, 25, 30 días o más si así se estipula en el contrato individual, en los contratos colectivos de trabajo o mediante políticas internas de previsión social.

Para la gran mayoría de los trabajadores que laboran en el sector privado bajo la tutela de la Ley Federal del Trabajo, la normativa estipula lineamientos muy claros que los empleadores deben cumplir sin excepción:

  • Fecha límite de pago: El aguinaldo debe entregarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año. El incumplimiento de esta disposición acarrea sanciones económicas para los centros de trabajo.
  • Proporcionalidad por tiempo laborado: Las personas que no hayan cumplido el año completo de servicios en la empresa tienen derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo que efectivamente trabajaron, sin importar si continúan laborando ahí al momento del pago.
  • Asesoría y defensa jurídica: La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece de manera gratuita asesoría legal y representación a los empleados en caso de negativa de pago o entrega incompleta de esta prestación.

Para los hogares mexicanos, el aguinaldo representa un ingreso fundamental en la economía familiar, destinado al pago de deudas, cobertura de gastos prioritarios o ahorro.

Ante la desinformación generada en redes sociales sobre un supuesto pago generalizado de 30 días, resulta indispensable que cada trabajador revise detalladamente su contrato individual o colectivo de trabajo.

Conocer con certeza si la empresa donde labora ofrece un esquema de prestaciones superiores o si se apega estrictamente al mínimo de ley evita falsas expectativas presupuestales y permite una administración financiera más realista y saludable durante el cierre del ejercicio anual.

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